PRIMERAS CONCLUSIONES SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE CONTENCIÓN DE RENTAS DE ALQUILER EN TARRAGONA.

PRIMERAS CONCLUSIONES SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE CONTENCIÓN DE RENTAS DE ALQUILER EN TARRAGONA.

Escrito el Febrer 2022 en la categoría General

PRIMERAS CONCLUSIONES SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE CONTENCIÓN DE RENTAS DE ALQUILER EN TARRAGONA.

La ley 11/2020 “de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda” nació para revolucionar el mercado de alquiler de aquellos municipios que, por el aumento desmesurado de los precios de alquiler, se consideran de “mercado tenso”. Me cuento entre los que creía que había que hacer algo para facilitar el acceso a la vivienda de alquiler a determinados colectivos (especialmente en el Área Metropolitana), pero diecisiete meses después de su aplicación, justo es decir que esta ley no ha cumplido con los pronósticos de los legisladores ni las buenas intenciones con que fue dictada; ni en el fondo, ni en la forma de ejecutarla.

Si la finalidad de esta ley, aprobada en el Parlament con los votos a favor de JxCat, ERC, CatECP y la CUP, era la de ganar un puñado de votos, aprobar los presupuestos, tener algún tipo de compensación en otra negociación política o parecer algo más progresistas y de izquierdas de lo que realmente son, supongo, que lo habrán conseguido. ¡Enhorabuena!

Los precios han bajado, sí, cierto, pero también lo han hecho en otros territorios del Estado donde no disponen de una ley de contención de rentas. Desconozco si el factor determinante para esta ligera contención de los precios ha sido la aplicación de la ley o si es una cuestión estructural y general del mercado inmobiliario. Pero lo evidente es que esta ley no nació con el fin de rebajar los precios de los alquileres, sino facilitar el acceso a la vivienda a una bolsa de población que no tenían el acceso fácil. El establecimiento de un precio máximo era la herramienta de los legisladores para intentar conseguirlo.

Así pues, si la finalidad última de la ley era que la gente con unos recursos económicos limitados tuviera acceso a una vivienda de alquiler, el fracaso de la ley es estrepitoso; cuando menos, en Tarragona. Lejos de conseguirlo, lo que han hecho es alejar, todavía más, a determinados sectores de población del mercado inmobiliario, poniéndolos más difícil optar en un piso de alquiler.

La búsqueda de vivienda de alquiler en Tarragona es pesada y desalentadora. Los propietarios que continúan manteniendo sus pisos en el mercado de alquiler, a pesar de verse obligados a bajar los precios, continúan siendo tanto o más exigentes a la hora de escoger a sus inquilinos. Que los precios sean más bajos no significa que tengan que rebajar sus expectativas de encontrar un buen arrendatario que le aporte garantías, solvencia y seguridad.

Así, los candidatos a inquilinos con buenos trabajos, contratos estables, ingresos altos o buenas referencias continúan consiguiendo pisos de alquiler, pero a precios más bajos que antes de la ley; mientras que aquellos aspirantes con rentas más limitadas, aquellos que más sufren, a pesar de que los precios son más accesibles, dado que no tienen suficientes garantías, continúan quedando excluidos del mercado y de la posibilidad de alquilar una vivienda digna. En este sentido, los jóvenes que buscan emanciparse y encontrar su primer hogar, son, junto con los extranjeros, los colectivos más vulnerables. Podríamos decir que la ley favorece a los trabajadores con rentas altas y más recursos.

En Tarragona, además, esta ley ha hecho disminuir notablemente la oferta de pisos, convirtiendo la busca de vivienda para alquilar en una auténtica odisea. La falta de oferta es alarmante. En mi experiencia al frente de una agencia inmobiliaria de larga tradición, creo que esta disminución de la oferta de viviendas de alquiler es debida a dos factores:

Por un lado, muchos propietarios han decidido alquilar sus viviendas con contratos denominados “de temporada” (excluidos de la ley y, por lo tanto, manteniendo los precios “de mercado”). Estas viviendas no son accesibles a los tarraconenses, puesto que uno de los condicionantes de este tipo de contrato es no estar empadronados en la ciudad.

Y, por otro lado, hay que ser consciente que no pocos propietarios han retirado sus pisos de la bolsa de alquiler, dado que no les salen los números si los tienen que alquilar por la renta que les marca el Índice de Referencia como precio máximo de alquiler. Muchos de estos pisos permanecen cerrados esperando una sentencia del Tribunal Constitucional que los libere de establecer un precio máximo por debajo de sus expectativas o necesidades y muchos otros han pasado al mercado de venta.

Consiguientemente, la ley 11/2020, lejos de solucionar el problema de la vivienda de alquiler a Tarragona, lo ha agravado. Habrá que esperar a ver qué sentencia el Tribunal Constitucional sobre la legalidad, o no, de limitar el precio máximo que un propietario puede alquilar su propiedad privada. Mientras, nuestros jóvenes y los sectores menos favorecidos continúan siendo víctimas de la falta de vivienda pública en nuestra ciudad.

Las instituciones, especialmente las más próximas a los ciudadanos, tienen que escuchar a los profesionales del sector inmobiliario, reflexionar y analizar el resultado estos primeros diecisiete meses de aplicación de la ley a Tarragona y el impacto que se ha producido. Hay que sacar conclusiones y actuar en consecuencia.

 

Joan Boronat i Barrera

Agente Inmobiliario.

Tercera generación en el frente de Finques Boronat. 

Todas las imágenes

¿Qué son las cookies?
Una “Cookie” es un pequeño archivo que se almacena en el ordenador del usuario, tablet, smartphone o cualquier otro dispositivo con información sobre la navegación. El conjunto de “cookies”, nos ayuda a mejorar la calidad de nuestra web, y nos permite saber que paginas encuentran nuestros usuarios útiles y cuáles no.

Este sitio web utiliza cookies y/o tecnologías similares que almacenan y recuperan información cuando navegas. En general, estas tecnologías pueden servir para finalidades muy diversas, como, por ejemplo, reconocerte como usuario, obtener información sobre tus hábitos de navegación, o personalizar la forma en que se muestra el contenido.

Tipos de cookies

La información que le proporcionamos a continuación le ayudará a comprender los diferentes tipos de cookies:

  • Cookies propias: Son aquellas que se envían a su equipo desde nuestros propios equipos o dominios y desde el que prestamos el servicio que nos solicita.
  • Cookies de terceros: Son aquellas que se envían a su equipo desde un equipo o dominio que no es gestionado por nosotros, sino por otra entidad colaboradora. Como, por ejemplo, las usadas por redes sociales, o por contenido externo como Google Maps.
  • Cookies de sesión: Son cookies temporales que permanecen en el archivo de cookies de su navegador hasta que abandona la página web, por lo que ninguna queda registrada en el disco duro de su ordenador. La información obtenida por medio de estas cookies, sirven para analizar pautas de tráfico en la web. A la larga, esto nos permite proporcionar una mejor experiencia para mejorar el contenido y facilitar su uso.
  • Cookies persistentes: Son almacenadas en el disco duro y nuestra web las lee cada vez que realiza una nueva visita. Una cookie permanente posee una fecha de expiración determinada. La cookie dejará de funcionar después de esa fecha. Estas cookies las utilizamos, generalmente, para facilitar los servicios de registro.
  • Cookies técnicas: Son aquellas necesarias para la navegación y el buen funcionamiento de nuestra página web. Permiten, por ejemplo, controlar el tráfico y la comunicación de datos, acceder a partes de acceso restringido, utilizar elementos de seguridad, almacenar contenidos para poder difundir vídeos o compartir contenidos a través de redes sociales.
  • Cookies de personalización: Son aquéllas que le permiten acceder al servicio con unas características predefinidas en función de una serie de criterios, como por ejemplo el idioma, el tipo de navegador a través del cual se accede al servicio, la configuración regional desde donde se accede al servicio, etc.
  • Cookies de análisis: Son aquellas que, tratadas por nosotros o por terceros, nos permiten cuantificar el número de usuarios y así realizar la medición y análisis estadístico de la utilización que hacen los usuarios del servicio ofertado. Para ello se analiza su navegación en nuestra página web con el fin de mejorar la oferta de productos o servicios que le ofrecemos.
  • Cookies publicitarias: Son aquéllas que permiten la gestión, de la forma más eficaz posible, de los espacios publicitarios que se pudieran incluir en nuestra página web, mostrando publicidad relacionada con su perfil de navegación.
  • Cookies de publicidad comportamental: Estas cookies almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada. Gracias a ellas, podemos conocer los hábitos de navegación en internet y mostrarte publicidad relacionada con tu perfil de navegación.

¿Para que utiliza esta página web las cookies?
Esta página web utiliza las cookies de análisis y publicitarias con las finalidades descritas en el apartado anterior.

¿Quién utiliza las cookies en esta página web?
La identificación de quién utiliza las cookies, el tipo de cookies utilizadas y demás detalles, se indica a continuación:

  • Cookies: Analytics
  • Tipos: 3
  • Propietario Google
  • Propósito y utlización Comptador de visites
  • Período de conservación 14 mesos o cada nova sessió

Nota: Las cookies de tipo “Propias” son utilizadas sólo por el propietario de esta web y las cookies “De terceros” son utilizadas, también, por el prestador del servicio que está detallado la tabla anterior.

¿Cómo puedo desactivar o eliminar estas cookies?
Puede usted permitir o bloquear las cookies, así como borrar sus datos de navegación (incluidas las cookies) desde el navegador que usted utiliza. Consulte las opciones e instrucciones que ofrece su navegador para ello. Tenga en cuenta que, si acepta las cookies de terceros, deberá eliminarlas desde las opciones del navegador.

Además, algunos Servicios pueden utilizar conectores con redes sociales tales como Faceboock o Twitter. Cuando un usuario se registra en un Servicio con credenciales de una red social, autoriza a la red social a guardar una cookie persistente que recuerda su identidad y le garantiza acceso a los Servicios hasta que expire.
El usuario puede borrar esta cookie y revocar el acceso a los Servicios mediante redes sociales actualizando sus preferencias en la red social que especifica.

A continuación, tiene disponibles los enlaces con la información para gestionar las cookies de los navegadores más utilizados:

Complemento de inhabilitación para navegadores de Google Analytics:

Si desea rechazar las cookies analíticas de Google Analytics en todos los navegadores, de forma que no se envíe información suya a Google Analitys, puede descargar un complemento que realiza esta función desde este enlace:https://tools.google.com/dlpage/gaoptout.

Ejercicio de derechos.

Puede conocer y ejercer sus derechos en materia de protección de datos accediendo a nuestra Política de Privacidad.

*Las condiciones presentes se regirán por la legislación española vigente.

 

PERMITIR

Cookies de Medición